Fallos salomónicos:
¿CÓMO
LA CORTE DEJA EN LIBERTAD A UN
ALUMNO; PARA USAR ARETES Y TACONES?
Raúl Mestre
Yo siempre me acuerdo del salvamento de
voto del jurista Hernando Herrera Vergara, cuando Carlos Gaviria y José Gregorio Hernández, a la
sazón magistrados de la Corte Constitucional dejaron en libertad a los alumnos del
colegio Madre Teresa Titos Garzón de Bogotá para llevar aretes a ese colegio Y no sólo aretes sino utilizando
prendas como tacones a la moda unisex y maquillado. La sentencia concedía a un alumno una tutela contra el coordinador
de disciplina de su colegio y amparaba su derecho a la libre autodeterminación.
El estudiante Juan Manuel Cristancho acudió a ese recurso porque el coordinador David Mendoza se
le acercó al verle un arete en su oreja izquierda y en un acto público le dijo:
Te ves muy lindo y no te digo un refrán que me sé porque te me ofendes. La
Corte acogió la tutela, previno al coordinador para que se abstenga en el
futuro de hacer esa clase de comentarios y le protegió al muchacho el derecho a
su libre desarrollo de la personalidad. El fallo señalaba que el uso del arete
en la oreja izquierda por un alumno del plantel educativo, era un
comportamiento totalmente legítimo y según la providencia, es precisamente el
educador quien debe ofrecer al alumno las condiciones necesarias para
garantizarle su derecho al libre desarrollo de la personalidad y propiciar el
respeto por la dignidad. el fallo proyectado por el magistrado Carlos Gaviria,
afirma: El uso del arete no atenta contra los derechos de los docentes, ni de
los demás alumnos De manera que impedir
el uso del arete coarta el derecho del menor a la autodeterminación y
constituye un trato degradante
En relación con el arete, que todavía se pone, el alumno
dijo que en ese momento representaba su
rebeldía y su postura de joven ante un mundo de adultos. Uno es lo que tiene
por dentro, opina Cristancho, admirador de Demián, personaje de un de las novelas
del alemán Hermann Hesse, inspirador de la rebeldía juvenil de la posguerra.
David Mendoza, el profesor entutelado, afirma que la decisión de la Corte a
favor del joven obligará al colegio a replantear los reglamentos internos.
También los padres deberán reconsiderar sus actitudes frente a los muchachos, dice.
Tendremos que estudiar dos aspectos: primero, replantear el Manual de
Convivencia que prohíbe a los alumnos hombres llevar aretes, no porque se
discrimine cualquier tendencia sexual, sino porque está contra la estética del
uniforme. Y segundo, analizar cómo se les dice a los padres de familia la decisión,
afirma. Esta última situación, considera el profesor, es la más difícil que
tendrán que afrontar las directivas del colegio. A veces no es el profesor el
que impone la prohibición; es la misma comunidad la que lo reclama. La Corte no
tiene en cuenta esto. Una cosa es estar allá y otra aquí con los muchachos y
con los padres de familia. Eso no lo ve la Corte. Qué puede hacer un profesor
frente a un hecho de esos? El profesor
en aquel entonces tenía unos 26 años y
si no fuera por su traje de paño y corbata, pasaría por cualquier estudiante universitario.
Soy joven, puedo tomar con libertad lo del arete y decir: Listo! No hay
problema. El asunto es cómo lo toman los padres, porque ellos piensan que es un
problema de moral. Hay cosas que no aceptan, muchos padres que no están de
acuerdo se negarán a matricular a sus hijos. Aceptar ya que el muchacho venga
como quiera, pues hombre uno dice: hasta qué punto tenemos que aceptar que el
muchacho venga en una postura de ropa que no es la mejor? . El magistrado
Hernando Herrera Vergara en su salvamento dijo: Estoy de acuerdo en que el
coordinador de disciplina, exhibió en público al alumno por el uso del arete .Pero
de ahí a considerar que el uso del arete en un acto público no atenta contra
los derechos de los demás alumnos, ni de los docentes implica en el
reconocimiento de su utilización en forma indiscriminada, lo cual no guarda
relación con las limitaciones que imponen los derechos de los demás. Los
estudiantes tienen la obligación de respetar los manuales de disciplina y
reglamentos internos de los colegios. Deseo terminar diciendo que, en 1994, la Corte dijo que los colegios no
están obligados a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien de
manera constante y reiterada desconozcan
las directrices disciplinarias. Ahora, con el nuevo fallo no sólo se
desconoce la doctrina de la Corte sino que se desconocen los reglamentos y las
normas establecidas en los manuales educativos de disciplina relacionadas con
el adecuado comportamiento social y escolar
para la cabal formación de los estudiantes Es hora de que los periodistas
nos vayamos preparando espiritualmente.