martes, 13 de noviembre de 2012


Fallos salomónicos:
¿CÓMO LA CORTE DEJA EN LIBERTAD A UN
 ALUMNO; PARA USAR ARETES Y TACONES?
Raúl Mestre
Yo siempre me acuerdo del  salvamento de voto  del jurista Hernando Herrera Vergara, cuando Carlos Gaviria y José Gregorio Hernández, a la sazón magistrados de  la Corte Constitucional dejaron en libertad a los alumnos del colegio Madre Teresa Titos Garzón de Bogotá   para llevar aretes a ese  colegio Y no sólo aretes sino utilizando prendas como tacones a la moda unisex y  maquillado. La sentencia concedía  a un alumno una tutela contra el coordinador de disciplina de su colegio y amparaba su derecho a la libre autodeterminación. El estudiante Juan Manuel Cristancho acudió a ese  recurso porque el coordinador David Mendoza se le acercó al verle un arete en su oreja izquierda y en un acto público le dijo: Te ves muy lindo y no te digo un refrán que me sé porque te me ofendes. La Corte acogió la tutela, previno al coordinador para que se abstenga en el futuro de hacer esa clase de comentarios y le protegió al muchacho el derecho a su libre desarrollo de la personalidad. El fallo señalaba que el uso del arete en la oreja izquierda por un alumno del plantel educativo,  era  un comportamiento totalmente legítimo y según la providencia, es precisamente el educador quien debe ofrecer al alumno las condiciones necesarias para garantizarle su derecho al libre desarrollo de la personalidad y propiciar el respeto por la dignidad. el fallo proyectado por el magistrado Carlos Gaviria, afirma: El uso del arete no atenta contra los derechos de los docentes, ni de los demás alumnos  De manera que impedir el uso del arete coarta el derecho del menor a la autodeterminación y constituye un trato degradante  
En relación con el arete, que todavía se pone, el alumno dijo que  en ese momento representaba su rebeldía y su postura de joven ante un mundo de adultos. Uno es lo que tiene por dentro, opina Cristancho, admirador de Demián, personaje de un de las novelas del alemán Hermann Hesse, inspirador de la rebeldía juvenil de la posguerra. David Mendoza, el profesor entutelado, afirma que la decisión de la Corte a favor del joven obligará al colegio a replantear los reglamentos internos. También los padres deberán reconsiderar sus actitudes frente a los muchachos, dice. Tendremos que estudiar dos aspectos: primero, replantear el Manual de Convivencia que prohíbe a los alumnos hombres llevar aretes, no porque se discrimine cualquier tendencia sexual, sino porque está contra la estética del uniforme. Y segundo, analizar cómo se les dice a los padres de familia la decisión, afirma. Esta última situación, considera el profesor, es la más difícil que tendrán que afrontar las directivas del colegio. A veces no es el profesor el que impone la prohibición; es la misma comunidad la que lo reclama. La Corte no tiene en cuenta esto. Una cosa es estar allá y otra aquí con los muchachos y con los padres de familia. Eso no lo ve la Corte. Qué puede hacer un profesor frente a un hecho de esos?  El profesor en aquel entonces tenía unos  26 años y si no fuera por su traje de paño y corbata, pasaría por cualquier estudiante universitario. Soy joven, puedo tomar con libertad lo del arete y decir: Listo! No hay problema. El asunto es cómo lo toman los padres, porque ellos piensan que es un problema de moral. Hay cosas que no aceptan, muchos padres que no están de acuerdo se negarán a matricular a sus hijos. Aceptar ya que el muchacho venga como quiera, pues hombre uno dice: hasta qué punto tenemos que aceptar que el muchacho venga en una postura de ropa que no es la mejor? . El magistrado Hernando Herrera Vergara en su salvamento dijo: Estoy de acuerdo en que el coordinador de disciplina, exhibió en público al alumno por el uso del arete .Pero de ahí a considerar que el uso del arete en un acto público no atenta contra los derechos de los demás alumnos, ni de los docentes implica en el reconocimiento de su utilización en forma indiscriminada, lo cual no guarda relación con las limitaciones que imponen los derechos de los demás. Los estudiantes tienen la obligación de respetar los manuales de disciplina y reglamentos internos de los colegios. Deseo terminar diciendo que,  en 1994, la Corte dijo que los colegios no están obligados a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconozcan  las directrices disciplinarias. Ahora, con el nuevo fallo no sólo se desconoce la doctrina de la Corte sino que se desconocen los reglamentos y las normas establecidas en los manuales educativos de disciplina relacionadas con el adecuado comportamiento social y escolar  para la cabal formación de los estudiantes Es hora de que los periodistas nos vayamos preparando espiritualmente.